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Información sobre el TDA - TDAH o Déficit de Atención con/sin hiperactividad en la Fundación CADAH
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TDAH: alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE): Legislación

- Definición de TDAH.

EL TDAH o Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad es un trastorno neurobiológico caracterizado por una dificultad o incapacidad para mantener la atención voluntaria frente actividades, tanto académicas como cotidianas, unida a la falta de control de impulsos. Es un trastorno crónico, sintomáticamente evolutivo y de probable transmisión genética. Se manifiesta en niños y adolescentes, llegando incluso a la edad adulta en un 60% de los casos.

Respecto a las causas, existen evidencias de la presencia de un desorden fisiológico a nivel de neurotransmisores, aunque todavía no se han determinado causas precisas sobre su origen, se relacionan con un desequilibrio químico en el cerebro (Dopamina, Noradrenalina).

Los tipos del trastorno se dividen actualmente en tres subtipos de acuerdo a las principales características asociadas con el trastorno. Estos son:

- Predominantemente inatento.

- Predominantemente Hiperactivo- impulsivo.
- Combinado.

Los síntomas del TDAH pueden manifestarse conjuntamente o bien predominar solamente uno de ellos. El TDAH no siempre cursa con hiperactividad.

- Dificultades que puede presentar los afectados por el TDAH en la etapa escolar:

Una de las dificultades del TDAH es que con elevada frecuencia, se presenta acompañado de uno o más trastornos. Por lo tanto, es habitual que el alumno con TDAH presente además dificultades en:

- Trastorno del Aprendizaje:

1. Dificultades en la Lectura.
2. Dificultades en la Escritura.
3. Dificultades en el Aprendizaje de las Matemáticas.
4. Dislexia.
5. Trastornos del Habla.
6. Problemas perceptivo- motores.

- Trastorno del estado de ánimo (depresión, ansiedad, afecto).
- Trastorno oposicionista/desafiante y trastorno de conducta.
- Baja competencia social, conductas agresivas y trastorno disocial.

Dichas dificultades van a entorpecer el adecuado desenvolvimiento y desarrollo del afectado por el TDAH en las obligaciones escolares. Con lo cual, desde el centro tendrán que diseñar mediadas para que este tipo de alumnado pueda adaptarse inclusivamente a la correcta marcha de las clases. De acuerdo a la resolución de 22 de febrero de 2006, por la que se proponen diferentes medidas de atención a la diversidad con el fin de facilitar a los Centros Educativos de Cantabria la elaboración y desarrollo de los Planes de Atención a la Diversidad, dichas medidas pueden ser ordinarias, específicas ó extraordinarias.

 

                                          TDAH: Legislación.

 

- Sospechas de que nuestro hijo tiene TDAH:

En el momento que empiece a sospechar que su hijo tiene un problema que podría ser un TDAH, no lo ignore con la esperanza de que se desvanecerá. Cuando se de las condiciones siguientes, debe plantearse una evaluación por parte de un profesional:

1. Durante al menos seis meses, el niño ha mostrado actividad, desatención e impulsividad muy superior a la de niños de su edad.

2. Durante al menos varios meses, otros padres les han comentado que su hijo tiene mucho menos autocontrol o es mucho más activo, impulsivo y desatento de lo normal cuando está con otros niños.

3. Necesita mucho más tiempo y energía que otros padres para controlar y evitar que se haga daño.

4. A los otros niños no les gusta jugar con su hijo y le evitan debido a su conducta excesivamente activa, emotiva o agresiva.

5. El personal de la guardería o el profesor les ha informado de que su hijo ha tenido problemas de conducta de importancia durante varios meses, o que presentan grandes dificultades de aprendizaje.

6. Con frecuencia les ocurre que: pierden los estribos con el niño, sienten que están a punto de recurrir a un castigo físico severo o que incluso podrían hacerle daño, o están profundamente cansados, exhaustos o incluso deprimidos como consecuencia de tener que controlarle y cuidarle.

Se recomienda que, primero, se acuda al pediatra para que sea él el que os remita a un especialista el cual pueda evaluar con exhaustividad y diligencia a vuestro hijo. Cuanto antes conozcan el trastorno que acontece a su hijo, antes podrán suministrarle los recursos, los apoyos y las ayudas que éste necesita para poder compensar, con la mayor celeridad, sus dificultades.

Una vez tengan el diagnóstico, es importante que se lo pongan en conocimiento al centro escolar para que este adopte las medidas correspondientes, con el objetivo de poder atender educativamente a su hijo. Cuando se informe al tutor del diagnóstico de su hijo, éste lo deberá hacer constar al especialista en orientación educativa del centro con el consiguiente fin de que se le realice una evaluación psicopedagógica y dicten las medidas adecuadas para que el niño afectado con TDAH pueda adaptarse inclusivamente a la marcha escolar lo más correctamente posible.

- Cuando la sospecha nos llega del Centro Educativo:

En el caso de niños afectados por el TDAH que han llegado a la edad de la Educación Primaria, es muy probable que sea el propio maestro/a quien de la voz de alarma de que algo no va bien en el adecuado desarrollo del niño, puesto que a éste le es difícil seguir sin dificultad la evolución diaria de las clases. En este caso, y de acuerdo a la orden ECD/11/2014, de 11 de febrero, que regula la evaluación psicopedagógica en el sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, cuando en un alumno se observen dificultades significativas relacionadas con el rendimiento escolar o el desarrollo personal y social, el tutor, previa comunicación al Jefe de estudios, presentará por escrito demanda razonada de evaluación psicopedagógica al especialista de orientación educativa. En el caso de los centros educativos atendidos a demanda por un Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica o un Equipo de Atención Temprana, será el director quien traslade dicha demanda al especialista en orientación educativa. Una vez realizada la evaluación psicopedagógica, el especialista de orientación educativa deberá realizar un Informa Psicopedagógico, donde además de otros datos, deberá aparecer el tipo de medidas necesarias a aplicar al alumno con TDAH, puesto que este será un alumno con necesidades educativas especiales, o bien debido al trastorno grave de la conducta y de las emociones y/o bien a las dificultades específicas de aprendizaje que pueda presentar, de acuerdo a la resolución de 24 de febrero de 2014, que concreta las necesidades específicas de apoyo educativo y los modelos de informe de evaluación psicopedagógica. Dicho Informe Psicopedagógico tendrá que ser revisado y evaluado cada año, puesto que en función de dicha evaluación se realizarán o no nuevas modificaciones para su aplicación en el curso siguiente.

- El Plan de Atención a la Diversidad del Centro Educativo.

Cada medida establecida para la atención a los alumnos con necesidades educativas específicas, tendrá que estar recogida en el Plan de Atención a la Diversidad (PAD). El PAD es un documento que desarrollan todos los centros educativos con el objetivo de promover la inclusión escolar, en el cual se analiza la situación del centro en cuanto a la atención a la diversidad.

El Plan de Atención a la Diversidad (PAD) tiene que formar parte del Proyecto Curricular del Centro, y su puesta en marcha deberá insertarse en los procesos globales de planificación, organización y desarrollo de la actividad educativa.

La elaboración del PAD lo realizará una comisión que se creará a tal efecto, y ésta estará estrechamente vinculada a la Comisión de Coordinación Pedagógica, la cual será dinamizada por el equipo directivo.

Las propuestas realizadas para el PAD las tendrá que aprobar el claustro, previa valoración hecha por la Comisión de Coordinación Pedagógica, (Decreto 98/2005, de 18 de agosto, de ordenación de la atención a la diversidad en las enseñanzas escolares y la educación preescolar en Cantabria).

- Conclusión.

Si no se diagnostica a tiempo el TDAH, será difícil que los agentes educativos, que rodean al niño e intervienen con él, puedan llevar a cabo las medidas necesarias para atender y comprender adecuadamente las necesidades que éste presentará a lo largo de su evolución escolar.

Existirán muchos momentos críticos en el desarrollo óptimo de la escolarización de un niño afectado por TDAH. Un momento escolar clave, que los profesionales de la educación no deben obviar, es el momento en que el TDAH debe superar los exámenes. Estas pruebas son difíciles de resolver para un alumno afectado por el TDAH puesto que suelen necesitar más tiempo para desarrollar tales controles y pautas específicas para tener éxito en los mismos.

Además una de las novedades de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), es establecer diferentes evaluaciones externas que se realizarán al final de cada de etapa (Primaria, Secundaria y Bachillerato). Y esta misma ley dice, en cuanto a la evaluación y promoción, que se establecerán las mediadas más adecuadas para que las condiciones de realización de las evaluaciones se adapten a las necesidades del alumnado con necesidades educativas especiales. Y en cuanto a los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado, desde el título de bachiller o equivalente, deberán realizarse en condiciones de accesibilidad para los alumnos y alumnas con discapacidad. Si los alumnos afectados por el TDAH no son diagnosticados o no se les ha realizado una evaluación psicopedagógica previa, es difícil que el Sistema Educativo pueda tener en cuenta las dificultades que presenta en diferentes actividades escolares, y específicamente la realización de los exámenes.

Así pues, como vemos, le corresponde a las Administraciones educativas adoptar las medidas necesarias para identificar al alumnado con dificultades específicas de aprendizaje y valorar de forma temprana sus necesidades. Pero también queda en manos de las familias el llevar a cabo las medidas oportunas para que cuando exista una sospecha de TDAH se plantee una evaluación por parte de un profesional.

 

Patricia Fernández Briz, Psicopedagoga.

 

BIBLIOGRAFÍA

Barkley, Russell A. (2002). Niños hiperactivos. Cómo comprender y atender sus necesidades especiales. Guía completa del Trastorno de Déficit de Atención con Hiperactividad (TDAH). Paidós.

Decreto 98/2005, de 18 de agosto, de ordenación de la atención a la diversidad en las enseñanzas escolares y la educación preescolar en Cantabria.

Guía para docentes. TDAH en el aula (Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad). Elaborado por Fundación Cantabria ayuda al Déficit de Atención e Hiperactividad.

Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa.

Orden ECD/11/2014, de 11 de febrero, que regula la evaluación psicopedagógica en el sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Resolución de 22 de febrero de 2006, por la que se proponen diferentes medidas de atención a la diversidad con el fin de facilitar a los Centros Educativos de Cantabria la elaboración y desarrollo de los Planes de Atención a la Diversidad.

Resolución de 24 de febrero de 2014, que concreta las necesidades específicas de apoyo educativo y los modelos de informe de evaluación psicopedagógica.

 
 
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