Cerrar
Información sobre el TDA - TDAH o Déficit de Atención con/sin hiperactividad en la Fundación CADAH
fundacioncadah.org
 
 
+ TDA-H + Evaluación Diagnóstico + Tratamiento + Comorbilidad TDAH preescolar TDAH en la infancia TDAH adolescente + TDAH en la familia + TDAH en el aula + Estrategias TDA-H + TDAH en adultos TDAH en vacaciones + Publicaciones Libro blanco TDAH Asociaciones Colabora con CADAH

Como realizar un contrato conductual

La negociación también es una vía importante para impulsar cambios en nuestros hijos. Recordemos que aunque creamos que un comportamiento cambia con la suficiente presión sobre la otra persona, esto sólo es un espejismo, necesitamos motivar el cambio, ceder, que no perder, para ganar realmente.

Los contratos conductuales

Es un documento escrito, elaborado por las partes implicadas en una situación problemática o por alguien que medie entre ellas. En él se especifican las conductas que las personas implicadas aceptan emitir, así como las consecuencias que se derivan tanto del cumplimiento como del incumplimiento de lo acordado.

Implica el intercambio recíproco de recompensas en relación a conductas específicas de los firmantes del contrato.

Los contratos son especialmente útiles en personas con poca capacidad de autocontrol.

                     TDAH CONTRATO CONDUCTUAL

En un contrato conductual debe especificarse:

a) La conducta que se espera que emita cada persona implicada.

b) Las consecuencias que se obtendrán en caso de realizar estas conductas.

c) Las consecuencias que se obtendrán en caso de no realizar estas conductas.

 

Además puede incluir:

a) Cláusula de bonificación por largos periodos de cumplimiento.

b) Un sistema de registro que permita controlar las conductas emitidas y los refuerzos recibidos. 

 

Reglas básicas para contratos conductuales con niños:

1. La conducta exigida debe ser fácil y la recompensa inmediata. Cuanto más pequeño sea el niño, menor y menos simbólico, debe ser el refuerzo.

2. El contrato debe requerir un incremento progresivo de exigencias.

3. Las recompensas por cumplir el contrato deben ser muy frecuentes aunque sea pequeñas. Puede pasarse del refuerzo material al social.

4. Las conductas deben estar especificadas, de forma que el niño tenga evidencia de hasta que punto lo ha cumplido.

5. Debe recompensarse el comportamiento adecuado después de que este ocurra, nunca antes.

6. El contrato debe ser justo para las dos partes y debe ser aceptado por el niño.

7. Los términos deben estar claros: qué debe hacerse y cuantas veces.

8. El contrato debe ser positivo (que produzca consecuencias positivas y no una retirada de castigo). Motivación intrínseca

9. Debe usarse de manera sistemática y no sólo en ocasiones

10. Las consecuencias a los acuerdos establecidos en el contrato deben ser independientes.

En resumen:

  • Hacer lista de comportamientos problemáticos.
  • Ordenar según nuestras prioridades.
  • Señalar las conductas que empezaremos a modificar. Aconsejamos empezar por las menos complicadas o menos frecuentes, ya que la probabilidad de éxito aumentará y ello motivará tanto a padres y madres como a hijos/as a seguir trabajando.
  • Comenzar con una o dos conductas y olvidar las restantes.
  • Elegir una de las técnicas propuestas, prepararla y llevarla a cabo.
  • Explicarle al niño/a la propuesta elegida, las nuevas normas a seguir.
  • Revisar periódicamente la evolución del niño/a, la eficacia de la técnica elegida y los posibles fallos que puedan estar interfiriendoInsistiendo en la importancia de la

 

BIBLIOGRAFÍA

 López Muñoz, L. EL CONTRATO CONDUCTUAL: una forma de negociar. La Revista de la Salud Mental. www.saludmental.info

 CONTRATO CONDUCTUAL. Centro de Recursos de Educación Especial de Navarra. Gobierno de Navarra 
Departamento de Educación. 

 
 
Pulse para ver el Certificado de Web de Interes Sanitario
 
  • Ayuntamiento de Santander
  • Obra Social La Caixa
  • El Diario Montañes
  • Glezco
  • ICASS
  • Zink Padel
  • Nubily
  • Foramen
  • Balneario de Puente Viesgo
  • Laboratorios Janssen
  • Gobierno de Cantabria-Consejería de Educación